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MinInterior suspendió a Zarwawiko Torres como Cabildo Gobernador del Resguardo de la Sierra Nevada


La Corte Constitucional confirmó recientemente la suspensión de Zarwawiko Torres Torres, como representante general de todo el Pueblo Arhuaco ante el Ministerio del Interior, así como ante las autoridades del Cesar, Magdalena y La Guajira, en donde tiene presencia este grupo indígena. De igual manera, la alta corte resolvió suspender todos los actos que hubiesen sido emitidos desde el momento de su elección, hasta tanto no haya un pronunciamiento de fondo por parte de la entidad judicial.


También se decretó la suspensión de Zarwawiko Torres, como medida provisional, del cargo de Cabildo Gobernador del Resguardo de la Sierra Nevada, suspendiendo también el registro oficial presentado ante la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio.


Por lo anterior, la Corte ordenó al Ministerio inscribir “en un término no mayor a quince días (…) como cabildos gobernadores a Danilo Villafaña Torres en el Resguardo del Magdalena – Guajira, a Rogelio Torres en el Resguardo de Sierra Nevada y a Iván de Jesús Torres Torres en el Resguardo Businchama”, siendo estos tres los encargados de asumir la representación legal de cada una de las poblaciones, mientras transcurre el término para que sea presentada una decisión definitiva por parte de la Corte Constitucional, “sin que ello implique una restricción para los mamos del Pueblo Arhuaco de iniciar la elección de nuevos cabildos gobernadores”, siempre y cuando lo consideren pertinente.

La suspensión de Zarwawiko Torres se da luego de verse involucrado en una investigación por, presuntamente, haber sido elegido en el cargo por medio de “unas elecciones amañadas en las que no participaron las mayorías de los pueblos indígenas”, pues en su elección solamente se reportó la partición de 16 representantes de un total de 60 asentamientos. Se habló incluso de la entrega de dádivas por su parte para favorecer la posición de los demás ante su candidatura.


En el documento emitido por la entidad judicial, también se ordenó a las autoridades tradicionales arhuacas entregar a la alta corte información precisa sobre sobre la organización de la comunidad, especificada en cinco puntos:


  1. ¿Cómo se organiza la comunidad arhuaca en cuanto autoridades y territorio?

  2. ¿Existe un procedimiento estricto en cuanto al proceso de elección de los miembros de la Directiva General?, ¿este proceso se interpreta del documento guía, las normas y reglamentos de la comunidad indígena, o a partir de unas costumbres concretas?

  3. En caso de aplicar costumbres, ¿cuáles serían estás?

  4. ¿La elección de la Directiva General puede ser objeto de revisión ante la jurisdicción del Pueblo Arhuaco?

  5. ¿Cuál es el alcance del control ejercido por la Asamblea General sobre la Directiva General, según el documento guía, las normas y reglamentos de la Comunidad Arhuaca?



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