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Aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 por el Congreso. Alcances en el SGP.

3 – 4 /5/2023


El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, “Colombia, potencia mundial de la vida”, propuesto por el Gobierno de Gustavo Petro ya fue aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes, quienes aprobaron el proyecto de ley en un 62% y 42%, respectivamente. Según la Constitución, el texto debe quedar listo el lunes 7 de mayo.


El plan fue avalado con una inversión de $1.154 billones de los cuales el Gobierno ha destinado un total de $743.7 billones para la seguridad humana y la justicia social, mientras que $114.4 billones se destinarán a la internacionalización, la transformación productiva y la acción climática.


El sistema general de participaciones aporta el 23%, $268 billones, mientras que los recursos territoriales, las empresas públicas, el sistema general de regalías y la cooperación internacional contribuyen con el resto.


Tabla I. Fuentes que Financian el Plan de Inversiones Públicas. Cifras en billones de pesos de 2022.


Fuente. Art. 5 del Proyecto de Ley “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2022-2026 ‘COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA”.


Se centra en cinco ejes principales, que son el ordenamiento territorial alrededor del agua, la seguridad humana y justicia social, el derecho humano a la alimentación, la transformación productiva, la internacionalización y la acción climática, y la convergencia regional.


Durante las sesiones se votó por la creación del Sistema Nacional de Igualdad y Equidad, por el fortalecimiento de las inversiones a las Instituciones de Educación Superior, la implementación de un sistema único de información del deporte, la limitación de gastos del Sistema General de Participaciones (SGP) y el sistema de transferencias monetarias.


Esta limitación de gastos del SGP se puede observar en el Proyecto de ley en el Artículo 150:

“Adiciónese el artículo 84A a la Ley 715 de 2001, así:


ARTÍCULO 84A. PROHIBICIÓN DE GASTOS. Los recursos del Sistema General de Participaciones -SGP- son rentas de destinación específica, se asignan para inversión y gasto corriente del sector y deben destinarse de forma exclusiva a conceptos de gasto que tengan fundamento legal y constitucional. Está prohibido financiar con recursos del Sistema General de Participaciones:


1. Gastos de funcionamiento de las entidades territoriales. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 357 de la Constitución Política para los recursos de la participación de Propósito General.

2. Deudas que las entidades territoriales contraigan por la omisión o contradicción con el procedimiento establecido por el ordenamiento jurídico.

3. Fallos judiciales y conciliaciones. Cada sección presupuestal debe contar con el rubro de sentencias y conciliaciones, el mismo debe provisionarse con recursos propios de libre destinación para el pago inmediato de sentencias ejecutoriadas.

4. Déficit generado en vigencias anteriores”.


El director de Planeación Nacional, Jorge Iván González, ha destacado que el plan se enfoca en la equidad y la concertación en todos los sectores de la sociedad, afirmando que el plan incluye la creación de fondos para el Ministerio del Deporte, soluciones energéticas, promoción del ascenso tecnológico, infraestructura, Colombia como potencia mundial de la vida, el buen vivir, la resiliencia climática y la superación de las brechas de población.


Adicionalmente, se destaca el rol que tendrá el SGP en el Artículo 89, el cual permite la formulación de la política pública de Derechos Humanos para el logro de la paz total:


“Esta Política Pública se financiará con recursos que priorice cada entidad en el marco de su autonomía, y de conformidad con las partidas asignadas en el Presupuesto General de la Nación y en seguimiento del Marco Fiscal del Mediano Plazo y el Marco de Gasto del Mediano Plazo, con recursos de cooperación internacional, alianzas público – privadas, Fondos de Paz, así mismo, en ejercicio de su autonomía, las entidades territoriales podrán destinar recursos propios o recursos provenientes del Sistema General de Participaciones y del Sistema General de Regalías para estos fines, a nivel territorial”.


Fuentes:


API. (2023). Plenaria del Senado aprueba Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 por $1.154 billones https://www.agenciapi.co/noticia/politica/plenaria-del-senado-aprueba-plan-nacional-de-desarrollo-2022-2026-por-1154-billones


Congreso de la República de Colombia. (2023). Proyecto de Ley “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2022-2026 ‘COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA” https://www.senado.gov.co/index.php/documentos/senado-prensa/6892-proyecto-de-ley-pnd-2022-2026-articulado/file#:~:text=El%20Plan%20Nacional%20de%20Inversiones,2022%2C%20cuyos%20anexos%20hacen%20parte


El Espectador. (2023). Se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo en la plenaria de la Cámara. https://www.elespectador.com/politica/plan-nacional-de-desarrollo-camara-de-representantes-vota-proyecto-del-gobierno-petro/


Morales, C. (2023). Plan Nacional de Desarrollo: ¿cuáles fueron los resultados de la primera votación y cuándo será la siguiente? Diario AS. https://colombia.as.com/actualidad/plan-nacional-de-desarrollo-cuales-fueron-los-resultados-de-la-primera-votacion-y-cuando-sera-la-siguiente-n/

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