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Reforma de la salud: aprobada en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes de Colombia aprobó la reforma de la salud, eliminando nueve artículos, incluyendo 14 nuevos numerales y modificando el polémico artículo 123, en un extenso debate que busca transformar el sistema de salud del país.

La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes de Colombia ha aprobado la reforma del sistema de salud en el país. Durante un extenso debate que se llevó a cabo en la comisión, se logró la aprobación del articulado completo que propone cambios significativos en el sistema de salud. Durante este proceso, se eliminaron nueve artículos, se incluyeron 14 nuevos numerales y se modificó el polémico artículo 123 relacionado con el acto médico.


El debate en la Comisión Séptima duró varias horas, durante las cuales se discutió en detalle cada uno de los aspectos propuestos en la reforma. Se lograron acuerdos con los representantes en relación con la modificación de artículos como el 138, que otorgaba funciones extraordinarias al presidente, y la apertura del artículo 123, que generaba preocupaciones por los vacíos en su redacción.


El presidente Gustavo Petro expresó su satisfacción por la aprobación de la reforma a través de su cuenta de Twitter, afirmando que el debate había sido arduo y profundo, incluso más que cuando se aprobó la Ley 100, una reforma anterior del sistema de salud en Colombia.

Durante la sesión de la Comisión Séptima se agregaron 14 nuevos numerales al articulado de la reforma. Estos numerales abordan asuntos importantes, como la función del Ministerio de Salud y Protección Social, que será responsable de definir el valor anual de una Unidad de Pago por Capitación (UPC). La UPC tiene como objetivo cubrir la atención en salud de la población y las prestaciones económicas necesarias para financiar los servicios y tecnologías en salud que garanticen el cuidado integral.


El Ministerio de Salud y Protección Social también tendrá la responsabilidad de presentar al Consejo Nacional de Salud los factores de ajuste de la UPC antes de que finalice cada año. El Consejo Nacional de Salud, a su vez, recomendará al Gobierno Nacional su aplicación para la siguiente vigencia y la proyección estimada para los próximos tres años. Además, el Ministerio deberá calcular una UPC suficiente para financiar los servicios de salud.


Otro aspecto destacado de la reforma es el fortalecimiento del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). El gobierno diseñará e implementará un plan integral de fortalecimiento para el Instituto, con el objetivo de hacerlo más ágil, transparente y moderno. Esto implicará aumentar las capacidades en talento humano y los mecanismos de evaluación de desempeño del INVIMA.


En relación con el polémico artículo 123 sobre el acto médico, se realizó una modificación en su redacción. Ahora se establece que el profesional médico forma parte de la atención en salud y que otros profesionales de la salud pueden participar de manera concurrente o independiente en el proceso resultante de la relación con el profesional médico.


En cuanto a la solicitud de juntas médicas, se anuló el fragmento que permitía que el paciente, el representante o el responsable solicitaran una junta médica conformada por especialistas competentes según cada caso. Ahora, solo los profesionales médicos tendrán la potestad de convocar juntas médicas.


Fuente: EL TIEMPO

https://www.eltiempo.com/salud/reforma-de-la-salud-se-aprueba-en-su-totalidad-el-proyecto-en-camara-771047

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