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Proyecto de decreto de mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud

  • 27 feb
  • 2 Min. de lectura

El propósito central del proyecto normativo es proteger el derecho fundamental a la salud, garantizar la continuidad del aseguramiento y fortalecer la sostenibilidad técnica y financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud, mediante la adopción de criterios objetivos de ordenamiento territorial y poblacional del aseguramiento.


En medio de la incertidumbre generada en el sector salud, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió un pronunciamiento oficial para aclarar el verdadero alcance del proyecto de decreto sobre mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud con enfoque poblacional y territorial. La cartera fue categórica al señalar que la norma no contempla, en ningún caso, traslados automáticos ni masivos de afiliados entre Entidades Promotoras de Salud (EPS).


Según el Ministerio, el origen de esta iniciativa radica en las fallas estructurales que persisten en el sistema de aseguramiento: la fragmentación excesiva de afiliados, la presencia marginal de múltiples aseguradoras en territorios sin la escala poblacional necesaria y la débil articulación entre las EPS y las redes de prestación de servicios. Esta situación ha generado ineficiencias operativas y barreras de acceso, particularmente en municipios rurales, dispersos y de frontera, donde la capacidad instalada es limitada y la continuidad en la atención se ve comprometida.


Con el propósito de corregir estas fallas, el proyecto propone ordenar la operación del aseguramiento con base en criterios objetivos: escala y densidad poblacional, capacidad operativa real de las EPS, sostenibilidad financiera y adecuada integración con las redes de servicios de cada territorio. En ese marco, si llegara a adelantarse algún proceso de reasignación de afiliados, este se realizaría de forma gradual, técnica y con salvaguardas claras que preserven la continuidad de los tratamientos, la unidad de los grupos familiares y el equilibrio en la composición del riesgo epidemiológico.


En lo que respecta al ámbito de la competencia, la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de su función de abogacía, determinó que el proyecto no tiene por objeto ni por efecto restringir indebidamente la libre competencia en el mercado del aseguramiento. Por el contrario, reconoció que las medidas planteadas se enmarcan en un modelo de competencia regulada, orientado a garantizar condiciones mínimas de viabilidad operativa y a corregir fallas del mercado en beneficio de los usuarios.


El Ministerio concluyó que el decreto representa una herramienta proporcional, técnicamente sustentada y constitucionalmente respaldada para fortalecer el Sistema General de Seguridad Social en Salud. "Ordenar el aseguramiento con criterios técnicos y territoriales es una medida de responsabilidad estatal, orientada al interés general y a la protección efectiva de los usuarios del sistema de salud", señaló la cartera en su comunicado oficial.


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© Pasantes DAF

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