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En esto consisten la reforma a la salud respaldada por el Gobierno y los peros de las EPS

septiembre 18 y octubre 1 de 2020



En comisiones séptimas conjuntas será tramitado el proyecto de reforma a la salud que recibió el jueves mensaje de urgencia por parte del Gobierno nacional.La iniciativa del senador Fabián Castillo, de Cambio Radical, fue radicada en 20 de julio con respaldo de su bancada, así como de las del Centro Democrático y el Partido Conservador, además de congresistas de La U y la Alianza Verde.


¿Qué plantea concretamente la iniciativa? Aquí sus principales puntos.


1. Depuración de las EPS

Contempla una depuración de las EPS, sacando a las que no presentan un buen servicio, mientras que las que han tenido buenos indicadores se transformarán en Aseguradoras de Salud.Para lograrlo, en coherencia con lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia T-760 de 2008, los artículos 18 y 19 del proyecto terminan con la discriminación entre contributivo y subsidiado para establecer un régimen único en salud con un solo plan en salud, planteando que “los regímenes contributivo y subsidiado se integrarán, en un periodo de dos años, en un único régimen con beneficios equivalentes para toda la población”, manteniendo los regímenes excepcionales, aunque sus beneficiarios “tendrá derecho a trasladarse al régimen único“"A partir del 1 de enero de 2022, todas las prestaciones asistenciales en salud requeridas para la población colombiana afiliada (…) estarán integradas y contenidas en un Plan Único de Salud –PLUS”, precisa el artículo 19.


2. Áreas de aseguramiento

El articulado establece áreas territoriales de aseguramiento que se extienden más allá de las fronteras departamentales.

El artículo 23 busca así una coherencia entre la labor del asegurador con las condiciones y especificidades del grupo población que está afiliado.

En la exposición de motivos se explica que la creación de áreas territoriales en salud agrupa territorios que tienen cierto grado de homogeneidad, recobrando este aspecto que la división política-administrativo había desarticulado.

Un ejemplo es que el sistema de salud puede tener una mejor gestión con un área sanitaria creada en el Magdalena Medio que en la fragmentación existente hoy de cuatro o más departamentos.


3. Talento humano

El proyecto propone una serie de principios para otorgar garantías para el ejercicio laboral y profesional del talento humano en salud, entre los artículos 43 y 51. Cabe destacar el artículo 50 que prohíbe la tercerización laboral.

De los aspectos formativos, el artículo 47 señala que para garantizar la formación de médicos especialistas en medicina familiar, los ministerios de Salud y Educación diseñarán concertadamente con las facultades que tengan programas aprobados de medicina familiar un currículo único para la formación de médicos familiares a nivel nacional.

El apartado 48 indica el diseño y ejecución de un Programa Nacional Formación y Actualización de competencias de medicina general con enfoque familiar y comunitario, dirigido a los médicos generales que presten sus servicios en prestadores primarios en todo el territorio nacional.


4. Hospitales públicos

Se impulsa el fortalecimiento de los hospitales públicos como actores centrales del Sistema de Salud.

El artículo 40 exige que las entidades territoriales contraten el Plan de Intervenciones Colectivas con los prestadores primarios públicos, dentro del primer trimestre de cada año, y el 41 que en virtud de la unificación de los regímenes el Minsalud establezca las condiciones y porcentajes en la que deberán ser contratados los servicios con la red pública de los ingresos recibidos por las Aseguradoras de Salud, financiados con recursos no provenientes de las cotizaciones.


5. Salud pública

En los artículos 7 a 10 se desarrolla la función esencial de salud pública. Dentro de la visión contenida en la Ley 1751 de 2015, se asigna al Ministerio la función de formular, cada cinco años, el Plan Nacional de Salud Pública, lugar de uno decenal, como hace ahora, que permitirá hacer ajustes y mediciones más adecuadas, incorporando los elementos de ambientales y de protección frente a riesgos e incluyendo a todos los sectores en su formulación.

Teniendo en cuenta el nuevo enfoque, el proyecto resalta la gestión integral del riesgo en salud, tanto desde el aseguramiento como desde la salud pública (artículo 11), hace énfasis en el riesgo colectivo y los deberes de las personas respecto de su autocuidado.

Sobre este último aspecto, el parágrafo 4 del artículo 11 dice textualmente: “Las personas tendrán el deber de seguir los lineamientos del autocuidado establecidos en la ruta de promoción y mantenimiento de la salud y la ruta materno- perinatal, al igual que las recomendaciones dadas por el personal de salud como parte gestión integral del riesgo, la adherencia al tratamiento, el cumplimiento de citas y otras que puedan afectar la salud. El cumplimiento o incumplimiento de tales acciones se reflejará en las cuotas moderadoras, según la reglamentación que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social y en otras medidas de estímulo”.


6. Optimización de recursos

En el capítulo XI del proyecto se insiste, en concordancia con la depuración del aseguramiento en su estabilización y fortalecimiento financiero. En los artículos 55 a 62 se crean varias fuentes de financiación. Uno importante es el Fondo de Garantías del Sector Salud para responder por la continuidad de prestación de servicios al usuario cuando esta pueda verse amenazada por la imposibilidad de pago de obligaciones por parte de las Aseguradoras o las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) como resultado de problemas financieros.

Por otra parte eleva el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado a $4.200 pesos, a partir de 2021; incremente a de 25 a 45 salarios mínimos el umbral para cotización al sistema de salud; y baja de 10 a tres las asignaciones salariales sobre las que se exonera al empleador el pago de la cotización del 8,5%.


7. Atención primaria

En el artículo 24 se propone un modelo de atención con enfoque territorial, familiar y comunitario que garantice una gestión integral del riesgo a través de la integración de la atención primaria, actividades de salud pública y un trabajo intersectorial amplio, para lo cual se propone que toda persona esté adscrito a un prestador primario y a un médico con enfoque de familia y comunidad.


8. Redes integradas

La iniciativa plantea el desarrollo de alianzas estratégicas territoriales e intersectoriales que permitan la conformación de redes que garanticen una integralidad en la atención de las personas en áreas de confluencia departamental, así como la centralización e interoperabilidad de la información concerniente a la gestión del riesgo en salud para eliminar barreras administrativas, geográficas y de calidad.

Las rutas integrales de atención en salud son el mecanismo a través del cual se articularía procesalmente la atención en salud como un todo.

La habilitación de estas redes y los servicios que se prestan en ellas han de contribuir a reducir el uso de los servicios de emergencia (más costosos) como puerta de entrada al sistema, reduciendo las hospitalizaciones evitables, y previniendo la aparición de enfermedades crónicas y sus complicaciones.


Al respecto, son cuatro los peros que ha planteado la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi) respecto del proyecto de reforma a la salud.

Así lo ha ratificado el presidente ejecutivo de Acemi, Gustavo Morales, quien a nombre del gremio que representa se pronunció este mes incluso antes que recibiera impulso del Gobierno el proyecto de ley número 10 de 2020 Senado, “por medio del cual se dictan disposiciones orientadas a garantizar el derecho fundamental a la salud dentro del Sistema General de Seguridad Social de conformidad con la Ley 1751 de 2015 y la sostenibilidad del sistema de salud”.

Las quejas del gremio de las grandes EPS son estas:

1. Se desaprovecha la oportunidad para precisar que la prima que se recibe por gestionar el riesgo en salud de los usuarios del sistema es un ingreso de las aseguradoras, que debe someterse a la más estricta regulación prudencial propia de las reglas mundialmente aceptadas que rigen a las compañías de seguros, y no constituye la mera y superficial administración de un recurso público.

2. No se fijan con claridad los límites del plan de beneficios cubierto por la prima, lo que pone el riesgo el carácter asegurador del sistema, pues no está clara la correspondencia entre lo que se cubre y la suma destinada para esas protecciones.

3. El proyecto impone un único modelo de atención homogéneo para todas las aseguradoras, con la cual se renuncia a la posibilidad de que compitan entre sí ofreciendo distintos modelos de atención que permitan la libre escogencia por parte de los usuarios.

4. Al establecer que el Estado girará por regla general todos los pagos directamente a los prestadores, amarra injustificadamente a las aseguradoras, pues les impide acordar modelos innovadores de contratación y pago, contratar servicios con empresas que no son exactamente prestadoras de salud, pero que pueden contribuir al mejoramiento integral de la salud de los usuarios (servicios digitales o alimenticios, por ejemplo), y restringe la posibilidad de hacer un manejo prudencial y financieramente sensato de los recursos.


Según Morales, “los redactores del proyecto parecen creer en abstracto en las ventajas del aseguramiento privado debidamente regulado por el Estado, pero desconfían en concreto de la figura. Por eso la formulan como el propósito general, pero a renglón seguido le cortan las alas”.“El Congreso debe aprovechar la oportunidad para incentivar que las aseguradoras en salud compitan, innoven, experimenten, y a que se les mida con rigor por sus resultados en salud, cosa que el proyecto contempla. Unas aseguradoras fuertes, diversas e innovadoras son mucho mejores que unas aseguradoras constreñidas, homogéneas y débiles”, añadió.


Aprender de la pandemia

Acemi recomendó que se evalúe si el articulado recoge las enseñanzas y lecciones que en materia de salud pública, articulación con las entidades territoriales, e infraestructura hospitalaria está dejando la pandemia del covid-19.

Al respecto, en el documento con comentarios enviado al Congreso, Acemi manifestó que “cualquier iniciativa de reforma al sistema de salud, en cualquier país del mundo, debe someterse, antes del inicio de la discusión sobre dicho contenido específico, a preguntas tales como: ¿Recoge esta reforma las lecciones aprendidas durante la pandemia? ¿Las vulnerabilidades que pone de presente la emergencia se abordan de manera prioritaria en su texto? ¿El proyecto fortalece o debilita los rasgos del actual sistema que han permitido a Colombia sortear con relativo éxito, en términos de vidas salvadas, semejante crisis global sin precedentes?”.


Acemi recomendó que se evalúe si el articulado recoge las enseñanzas y lecciones que en materia de salud pública

Específicamente, Acemi planteó que “es probable que algunos artículos del proyecto puedan ahora leerse como adecuados y pertinentes frente a lo que hemos aprendido de la pandemia. Pero, si tal es el caso, ello será por feliz coincidencia, pues bien se sabe que el grueso del articulado del proyecto 10 es semejante a un proyecto que se presentó también en el período legislativo pasado, antes de la pandemia”.

“Nuestra convicción en Acemi es que sería imperdonable que el momento político y anímico en el país en favor de una reforma al sistema de salud se desperdiciara en aprobar un extenso articulado que no incorporó las evidencias, los aprendizajes y las tendencias que la pandemia reveló, puso de presente, hizo visibles o aceleró”, anotó el gremio en su documento.

Para Acemi, “está claro que la pandemia puso de presente el anacronismo que padecen la mayoría de las instituciones prestadoras de servicios de salud al basar sus modelos de ingreso en el cobro de cada servicio individual prestado.Si bien el proyecto promueve nuevos modelos de contratación y pago, sigue partiendo de la premisa de que las instituciones prestadoras serán, en lo esencial, iguales a las que hoy en día conocemos”.

Agregó el gremio que “la pandemia nos puso en un nuevo mundo, donde el centro de la prestación no girará en torno a las grandes infraestructuras prestadoras que hoy conocemos, sino en torno a organizaciones esencialmente virtuales, que requieren pocos ladrillos, y mucha ingeniería electrónica y virtual. No parece que el proyecto de cuenta de esa cambio sísmico, en el cual las entidades prestadoras tendrán que funcionar en torno a los datos y a la interacción directa con el afiliado”.


Debatir las respuestas

En sus comentarios al proyecto, Acemi también plantea algunas preguntas a las que “no tenemos aún respuestas”, pero que en el gremio  “tenemos la certeza de que esta es la oportunidad para abordarlas en el nivel legislativo. El llamado es a no dejar pasar esa oportunidad”.

Algunos de esos interrogantes son: “¿Dice algo el proyecto sobre la articulación entre el sistema de salud y las políticas públicas sobre tecnologías de la información y sobre redes de transmisión de datos? ¿Una empresa de tecnología debe someterse a los requisitos de habilitación sanitaria tradicionales, teniendo en cuenta que sus servicios serán tan esenciales como los propios servicios médicos en la provisión del acceso? ¿Apple, Amazon, Google y demás entidades afines deberían considerarse actores del sistema de salud, y por lo tanto sometidos a su regulación y a sus autoridades rectoras, o seguiremos considerándolas meros proveedores de tecnologías, ajenas al alcance de la regulación y la supervisión sanitaria?”.

Así, Acemi hizo un llamado “a que en los debates legislativos que se avecinan, se haga el mayor esfuerzo para incorporar el hecho notorio de la pandemia, y sus múltiples moralejas y lecciones, en el espíritu y el texto del proyecto. Eso quizá obligue a una revisión de cada uno de sus artículos, así sea para reconfirmar la conveniencia de su permanencia en el articulado”.


Más de 135 organizaciones médicas, sindicales y gremiales relacionadas con el sector salud le pidieron el miércoles al Congreso archivar o retirar la reforma

Piden archivar

De otra parte, argumentando que en lugar de desarrollar la Ley Estatutaria 1751 de 2015 que declara la salud como un derecho fundamental propone todo lo contrario, más de 135 organizaciones médicas, sindicales y gremiales relacionadas con el sector salud le pidieron el miércoles al Congreso archivar o retirar la reforma.

Carolina Corcho, vicepresidente de la Federación Médica Colombiana, explicó que en opinión de los integrantes de las organizaciones firmantes señaló que el proyecto, en vez de eliminar las EPS les cambia el nombre, reduciendo su número 48 a una decena, sin cambiar el sistema de atención de salud que considera fallido en Colombia. En la carta enviada al Congreso, las organizaciones consideraron que el proyecto “continúa con la desigualdad derivada de la capacidad de pago y aumenta el gasto de bolsillo de los colombianos más pobres con la llamada ‘contribución solidaria’, mientras disminuye los aportes de los empleadores y protege los cuantiosos recursos públicos de la salud que se quedan en diversos intermediarios del negocio”.



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